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Estimados clientes, les detallamos los 5 puntos básicos del decreto

  • Extiende doble indemnización para los despidos sin causa hasta el 31/12/2021.
  • El monto correspondiente a la duplicación no podrá exceder los $ 500.000
  • Prorroga la prohibición de efectuar despidos sin justa causa y por las causales de falta o disminución de trabajo y fuerza mayor por el plazo de 90 días corridos.
  • Prorroga la prohibición de efectuar suspensiones por las causales de fuerza mayor o falta o disminución de trabajo por el plazo de 90 días corridos. Excepción: Las suspensiones efectuadas en los términos del Art. 223 bis LCT
  • La prohibición de efectuar despidos y las suspensiones y la doble indemnización no serán aplicables a las contrataciones celebradas con posterioridad a la entrada en vigencia del DNU 34/19, o sea después del 13/12/2019.